domingo, 12 de junio de 2016

Legislación y protección ambiental en El Salvador.

Tema: Legislación y protección ambiental en El Salvador.

Por: Xiomara Calderón
San Salvador, 12 de junio de 2016.

En El Salvador, el medio ambiente está tutelado desde la perspectiva  constitucional en  el art. 117 de la carta magna en donde se establece que: “es deber del Estado proteger los recursos naturales, así como la  diversidad  e  integridad  del medio ambiente, para  garantizar el desarrollo sostenible. Se  declara  de  interés social la  protección, conservación, aprovechamiento racional, restauración o sustitución de  los recursos naturales, en los términos que  establezca la Ley”.

El art. 117 de la Constitución regula dos aspectos, en primer lugar: a) La obligación del Estado  de crear los incentivos económicos y proporcionar la asistencia técnica necesaria para el  desarrollo de  programas adecuados a  la  protección, restauración, desarrollo y  aprovechamiento de  los recursos naturales, lo cual debe  entenderse  como un  complemento a la obligación prescrita en el art. 101 inc. 2º. Cn, en donde se establece  que  los recursos naturales no sólo el Estado puede disponer  de  ellos, sino  principalmente  los particulares; y en segundo lugar, b) La  remisión  del legislador secundario para  que  desarrolle  un marco normativo relacionado con el medio ambiente  a  través de  leyes especiales y reglamentos. Esta es una manifestación típica del carácter concentrado de  los mandatos constitucionales, ya  que  en el mismo , la  Constitución determina las directrices y los lineamientos básicos para el desarrollo de una política estatal relativa a  los recursos naturales y el medio ambiente,  que  han dado lugar  a  una  regulación  infra-constitucional desarrollada en la Ley del Medio Ambiente, vigente desde 1998.

Siendo así que en el marco normativo ambiental se regulan sectores como: agropecuario, protección del recurso hídrico, áreas silvestres, ambiente costero marino, pesca, construcción, desechos, forestal, hidrocarburos, aire y atmósfera, minería, ordenamiento territorial, suelos, sustancias toxicas y peligrosas, vida silvestre, entre otros.

Asimismo el Código Penal contiene una serie de disposiciones que regulan delitos contra el medio ambiente, dentro de los cuales se encuentran la contaminación ambiental, depredación de bosques, depredación de flora y fauna protegida, quema de rastrojos, comercio y transporte de sustancias peligrosas.

Avances en materia de protección ambiental en El Salvador.

Después de 16 años de la aprobación de la Ley de Medio Ambiente, vigente desde 1998, desde el 1 de diciembre de 2014 en El Salvador iniciaron labores los Tribunales Ambientales. Los tribunales ambientales tienen como competencia recibir demandas de personas y de organizaciones por daños contra el medio ambiente en materia civil, y la jurisdicción que aplicará la justicia será a través de los juzgados en materia penal.

El nuevo tribunal contribuirá con la protección, conservación y recuperación de los ecosistemas del país, así como trabajar para minimizar el impacto ambiental y proteger el medioambiente, que es una obligación constitucional del Estado Salvadoreño. En ese sentido el artículo 102 A Cn., indica también que estos tribunales realizarán su función jurisdiccional sujetos a lo establecido en la Constitución, los tratados y convenios internacionales, ratificados por El Salvador, la legislación ambiental, jurisprudencia y los principios doctrinarios del derecho ambiental.

Ahora bien los tribunales ambientales constituyen sin duda un avance en materia de protección ambiental y una victoria de los movimientos sociales y ambientales, el próximo paso es divulgar su creación y hacer conciencia para que la población los utilice adecuadamente  para resguardar los pocos recursos naturales que aún nos quedan. Así como crear una conciencia ambiental de protección a los mismos, imponiendo sanciones a quien se aprovechen de ellos.  

“Mil árboles que crecen hacen menos ruido que un árbol que se derrumba” (Proverbio japonés). 

 Referencias: 

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